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de Usuario eliminado -
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si, el o la conductora es sancionado segun el articulo.-391 Contravenciones de tránsito de sexta clase inciso 14: La o el conductor que no encienda las luces del vehículo en horas de la noche o conduzca en sitios oscuros como túneles, con las luces apagadas será sancionado con multa equivalente al 10% de un salario básico unificado del trabajador general y reducción de 3 puntos en su licencia de conducir