A una contravención también se la puede considerar como infracción penal, obviamente es un tipo de infracción menos grave que un delito o que no causa mucho daño a terceros. Como sanción se puede imponer trabajo comunitario o prisión no mayor a treinta días. Existen Contravenciones de primera clase, segunda clase, tercera clase y cuarta clase.
El delito es la razón de la existencia del Derecho Penal, se entiende como una conducta que lesiona un bien jurídico protegido o causa daños a tercero, daños que por cierto en algunas ocasiones son irrecuperables tales como incapacidad total o muerte. También se considera delito una acción antijurídica, típica, culpable y sancionada, la pena que acompaña al delito tiene como finalidad prevenir de manera general la comisión de delitos y el desarrollo progresivo de los derechos y capacidades de la persona con condena así como la reparación del derecho de la víctima. En ningún caso la pena tiene como fin el aislamiento y la neutralización de las personas como seres sociales. con una pena que podría ser